La Ley de Dependencia es de carácter estatal y regula las condiciones básicas para promocionar la autonomía y asegurar los cuidados y atención de personas en situación de dependencia. Se consideran personas dependientes aquellas que bien debido a su edad, a alguna enfermedad o por discapacidad de tipo físico, metal, intelectual o sensorial, necesitan de un apoyo o ayuda para poder realizar sus actividades básicas diarias, o bien ayuda para promocionar su autonomía.
Las personas en situación de dependencia, según establece la mencionada Ley de Dependencia, tienen derecho a unas prestaciones y ayudas económicas. Sin embargo, aunque se trata de una ley estatal, la gestión de estas ayudas está transferida a las Comunidades Autónomas, por lo que la solicitud de dichas ayudas debe realizarse a través de la correspondiente Consejería o administración encargada en cada comunidad. Esto hace que los procedimientos para las solicitudes puedan variar en función de la Comunidad Autónoma en la que tengamos nuestra residencia.
Los principales cambios entre comunidades para la solicitud obedecen al formato de los impresos de solicitud, el organismo donde presentarlos, la evaluación del grado de dependencia, así como en la documentación que nos solicitan.
Pasos para solicitar las ayudas a la dependencia
En general, para solicitar la ayuda a la dependencia nos vamos a encontrar con unos pasos similares. Tomemos como ejemplo los pasos que debemos seguir en en la Comunidad Andaluza.
- Presentar la solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia.
Lo primero será solicitar a la administración que reconozcan la situación de dependencia del solicitante. Para ello rellenaremos el impreso de solicitud de reconocimiento de dependencia que podemos descargar de la web de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y lo presentaremos junto con una copia del DNI del interesado (o de su representante legal) y también una copia de su certificado de empadronamiento para comprobar su domicilio en la comunidad en la que lo solicita.
- Valoración por la administración del grado de dependencia.
Tras la solicitud del reconocimiento, el servicio de valoración de cada provincia contactará con los solicitantes para hacer una evaluación de su situación y determinar el grado de dependencia. De esta valoración dependerá el tipo de ayuda que se le conceda. Esta es otra de las diferencias que podemos encontrarnos entre comunidades. La valoración del grado de dependencia.
- Comunicación de la situación de dependencia.
La administración indicará los resultados de la valoración indicando al interesado el tipo de prestaciones a las que podría acceder según el grado de dependencia determinado. Por ejemplo, servicio de ayuda a domicilio, ayudas de tipo económico para cuidadores familiares no profesionales, atención en centros de día y noche, etc.
- Concreción del tipo de ayuda y planificación con el interesado.
Los servicios sociales concertarán una cita con el solicitante para acordar junto con ellos la medida (dentro de las que tiene derecho) que mejor se adecua a su situación personal (con familia, situación socioeconómica, entorno social, etc.).
- Asignación del servicio o prestación.
Finalmente la administración resuelve la asignación del servicio o prestación que se ha considerado más idónea para la persona dependiente y se le comunica su concesión, la fecha desde la que es efectiva y la dotación económica que le pueda corresponder para ese servicio.
Según las comunidades, en cada uno de estos pasos necesitaremos aportar la documentación que la administración nos pudiera solicitar. Estos serán tanto datos médicos, como documentación de carácter económico, identificación de cuidadores, documentación acreditativa de parentesco, compromisos de permanencia, resoluciones judiciales de incapacitación, etc.
Estas diferencias pueden hacer que la solicitud de las ayudas a la dependencia sea más compleja en unas comunidades que en otras.